jueves, 16 de octubre de 2008

Defectos del Derecho Administrativo en el Ecuador

Autor: Renata Nieto
De los mayores defectos que adolece el Derecho Administrativo en el Ecuador podemos destacar la dispersión de la legislación y su inaplicabilidad a la realidad.
En cuanto a la primero, como el Dr. Juan Pablo Aguilar escribe, la característica principal de nuestra legislación es justamente la dispersión, de la cual se desprende inevitablemente a su vez una inseguridad jurídica.
En cuanto al segundo (que puede también derivar del primero), notamos que tras haber acogido normas de distintos países se ha generado una incompatibilidad de estas con la nuestra realidad, como haber cosido un vestido sin tomar en cuenta las medidas de quien lo iba a usar. Jean Rivero se refiere a este fenómeno como un "trasplante" que al incorporarse al "órgano" puede dar lugar a un "rechazo".

Habiendo explicado lo anterior vale tomar en cuenta los antecedentes históricos del Derecho Administrativo en Ecuador, mas particularmente hablando, de la dispersión de la legislación y el desajuste existente entre la norma y la realidad. A lo largo del tiempo se han vino dando una falta de procedimiento en para los actos de la administración, un desigual crecimiento entre el sector publico y la legislación administrativa, y la falta de análisis al momento de reformar las leyes que provoco falta de coherencia entre ellas.
Con estos hechos antecediendo la actual situación de nuestro Derecho Administrativo no es difícil entender porque las cosas son como son.

Más que una razón cultural, el escaso desarrollo del Derecho en el Ecuador se debe, de forma directa, a la falta de un adecuado sistema de leyes que hace que los actos de la Administración sean lentos y poco ágiles. Esto genera algunas preguntas tales como ¿Debe el Estado dedicarse a ciertas actividades o es mejor que las delegue a los particulares? Para explicar esto expongo un ejemplo: Cuando uno de los aparatos de una empresa petrolera privada sufre una avería, se consiguen los repuestos rápidamente y continúan su trabajo. En cambio, una empresa publica, para conseguir un repuesto debe seguir largos tramites para que se le autorice, para se le conceda dinero, etc. Por esto, muchos consideran que el Estado debería más bien provocar el interés del sector privado para que realice estas actividades y se realicen con mayor eficiencia.
Ciertamente las normas de procedimientos, y en general las normas de la Administración provocan que esta tenga un desempeño deficiente y no logro su fin: satisfacer el interés público.
Normas creadas por quienes vivimos en el Ecuador y en su realidad, y “la construcción de un cuerpo normativo único, ordenado y coherente” (como explica el Dr. Aguilar), serian sin duda la solución a tan grave problema que provoca que el Derecho Administrativo en vez de ser un medio para proteger al administrado del poder del Estado, se vuelva en contra del administrado.

Este tema es de tal importancia que alcaza a todos los demás temas del Derecho Administrativo.

2 comentarios:

Unknown dijo...

El tema tratado es muy interesante, y aunque se presta para una extensa discusión, el ensayo ha sabido compendiar de manera clara los principales defectos del Derecho Administrativo. Lo que principalmente me agrada, son las comparaciones utilizadas que ilustran los argumentos esgrimidos; más aun, éstas van desde casos concretos de la vida cotidiana como un vestido, hasta el tema de las grandes petroleras.
Estoy además de acuerdo con las críticas realizadas acerca de la ineficacia del sistema a causa de su lentitud y de la no concordancia entre la realidad y las políticas administrativas ecuatorianas. Sin embargo, no pienso que la solución sea la concesión de actividades estatales a los particulares, más que en un sentido restringido. Esto quizá agilizara los trámites, pero generaría un monopolio y desigual reparto de la riqueza en ciertas actividades. Tambíén creo que el crecimiento del aparato estatal no requiere de mayor cantidad de regulaciones, sino de normas actualizadas y efectivas que establezcan claramente su campo de acción, sus restricciones, y mecanismos para obtener sus objetivos.
Por lo demás, creo que la conclusión a la que llega el ensayo es acertada, ya que no sólo se limita a subrayar los defectos del Derecho Administrativo, sino que genera una propuesta para dar solución a problema tan preocupante.

Elsa María Carrillo Andrade

carlos titi baquero dijo...

Me a tocado comentar el escrito de mi compañera Renata Nieto, sin el deseo de que las palabras "me a tocado", sean mal entendidas, pues he tenido el mayor agrado en leer su ensayo.

Ademas me he topado con la opinión de mi otra compañera, Elsa Maria...que me ha dejado boquiabierto por la presicion con la que utiliza sus criticas sobre derecho.

Al respecto solo puedo decir que me enorgullese ser su compañero, y que concuerdo con las criticas que Elsi realiza al ensayo de la señorita Nieto.

Porque estoy de acuerdo con que la legislación ecuatoriana puede ser definida con dos palabras: poca originalidad. En donde el legislador ecuatoriano por su inoperancia y vagueria ha sido el causante de muchas, tortuosas, anecdotas en el derecho ecuatoriano.

Pero sin duda, repleto de buenos deseos, el egislador ecuatoriano ha sido un gran conocedor del derecho extrangero; sin duda eso explica por qué tanto extrangero se siente como en casa al visitar a nuestro país, y como nosotros, los ecuatorianos, nos sentimos extrangeros en nuestro propio país...porque el derecho no nos apara, ni nos ayuda, todo lo contrario, nos tortura y nos amarga la vida...y quizas, por eso ya la constitución nos reconocio como ciudadanos del mundo.

Menos mal estamos estudiando...